Dentro de la mucha publicidad y propaganda que ahora colma las calles de todos los municipios de Baja California Sur encontramos los ideales y las propuestas de campaña de cada uno de los candidatos, las mías te las seguiré comentando en forma breve y concisa, lo de hoy es saber cuales son las funciones que un Diputado realiza ante el Congreso Estatal. Eso espero hacerlo si es que tú decides apoyarme.
Basándome en lo que la Constitución Política de Baja California Sur ordena encuentro que en el Artículo 41 establece que son 16 los Diputados de Mayoría Relativa, es decir, los que con tú voto elegiste para formar el Congreso del Estado, recuerda que yo soy el candidato por el Distrito XVI.
Basándome en lo que la Constitución Política de Baja California Sur ordena encuentro que en el Artículo 41 establece que son 16 los Diputados de Mayoría Relativa, es decir, los que con tú voto elegiste para formar el Congreso del Estado, recuerda que yo soy el candidato por el Distrito XVI.
Dentro del Artículo 64 de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur se marcan las funciones que los Diputados tendrán a su cargo; son un total de 49, de ellas, me permito extraer los siguientes incisos que me parecen los más importantes:
1.- Legislar en todo lo relativo al Gobierno del Estado.
6.- Legislar en materia de coordinación fiscal entre el Estado y los Municipios.
13.- Declarar cuando alguna Ley o acto del Gobierno Federal invada la soberanía del Estado y solicitar al Procurador General de Justicia que haga la reclamación que corresponda.
22.- Legislar en todo lo relativo a la administración pública.
24.- Autorizar al Gobernador para celebrar convenios con la Federación y con los Ayuntamientos del Estado.
33.- Aprobar y decretar las Leyes de Hacienda y de ingresos Municipales, tomando en consideración su independencia, revisar y fiscalizar sus cuentas públicas.
34.- Decretar la Ley Orgánica Municipal.
Queda entonces bien claro que las funciones del Diputado Estatal giran en torno a discusión, revisión y, en su caso, aprobación de las leyes que regulan, especialmente los recursos materiales con que el Estado cuenta. El Diputado Estatal es un punto de enlace entre los ciudadanos de su Distrito y el Gobierno Estatal. El Diputado es un gestor, no es un generador de empleos. Es un vigilante de los buenos manejos que el Gobernador y el Gobierno del Estado debe de hacer de los recursos con que cuenta.
Hay un inciso dentro del artículo 64 que engloba, en buena medida, mis ideales para desarrollar una vez que, si tu voto me favorece, llegue al Congreso del Estado, es el siguiente:
42.- Legislar sobre seguridad social, teniendo como objetivo permanente la superación del nivel de vida de la población, mejoramiento de su salud y el saneamiento del medio ambiente.
En ocasiones el lenguaje que los documentos gubernamentales manejan nos parecen tediosos o aburridos, pero, si no los leemos, nunca sabremos que es lo que las distintas leyes establecen. Hay algo sumamente importante en la Constitución del Estado, el cual establece en su artículo 120, inciso “d” los límites municipales del Municipio de Los Cabos: “al norte, en línea quebrada con la delegación de Todos Santos, partiendo del Océano Pacífico de un punto llamado “La Tinaja” que va en línea recta al copo de la Soledad, rumbo al este; de este punto hacia el norte, en línea recta hacia el copo de la Sierra de “Santa Genoveva” y de éste lugar pasando por el copo de la Sierra de “Las Casitas”, hasta el lugar conocido como “San Vicente”; de este lugar, en línea recta hacia el este, hasta llegar a “Piedras Gordas”, Delegación de San Antonio, en el Golfo de California; al sur el Océano Pacífico; al este el Golfo de California; y al oeste el Océano Pacífico y la Delegación de Todos Santos”.
Seguro estoy que continuando con esta línea de información abierta, clara y directa con los ciudadanos, como tú, que pertenecen al Distrito XVI lograremos un mejor gobierno.
Si te interesa leer toda la Constitución Política del Estado de Baja California Sur, entra en el siguiente enlace:
http://www.bcs.gob.mx/contraloria/docs/blindaje_electoral/normatividad_estatal/constitucion_politica.pdf
http://www.bcs.gob.mx/contraloria/docs/blindaje_electoral/normatividad_estatal/constitucion_politica.pdf
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